
Las competencias en medidas de adopción y acogimiento en España están transferidas a las comunidades autónomas, por lo que en cada comunidad el proceso puede ser diferente, y de hecho lo es. En esta sección trataremos de detallar el proceso en Andalucía y facilitar la máxima información útil a las familias.El Decreto 282/2002 de 12 de Noviembre, de Acogimiento Familiar y Adopción es el que regula la actuación de la Junta de Andalucía en los procediemientos de acogimiento familiar y adopción de menores en nuestra Comunidad.
La Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería para la Igualdad
y Bienestar Social (antigua Consejería de Asuntos Sociales) y de las Delegaciones Provinciales de dicha Consejería (competente en materia de protección de menores), asumirán a través de los Servicios correspondientes las competencias siguientes:
e-mail: correo.cibs@juntadeandalucia.es
Web:http://www.juntadeandalucia.es/igualdadybienestarsocial/
Consejera para la Igualdad y Bienestar Social:
Micaela Navarro Garzón
NOTA.- En Consejo de Gobierno del día 11 de Mayo de 2004 fueron
APROBADAS POR DECRETO LAS NUEVAS ESTRUCTURAS ORGÁNICAS DE OCHO CONSEJERÍAS, y entre ellas:
La CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL, que asumirá todas las
competencias de la anterior Consejería de Asuntos Sociales, salvo las
correspondientes a la Dirección General de Reforma Juvenil, que pasa a
depender de la Consejería de Justicia. Además, incorpora a su estructura
orgánica el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) y el Instituto Andaluz de la
Juventud (IAJ), organismos autónomos que anteriormente estaban adscritos a
la Consejería de la Presidencia y que mantienen sus actuales organigramas.
La nueva consejería también se encargará en exclusiva de coordinar las
políticas de mediación familiar, así como de la puesta en marcha del
Registro de Parejas de Hecho previsto en la ley andaluza sobre esta materia.
Ambas competencias serán ejercidas por la Dirección General de Infancia y
Familias, anteriormente denominada de Infancia y Familia. Este centro
directivo seguirá siendo responsable de los centros de atención
socioeducativa para menores de tres años salvo en lo referente a los
aspectos de autorización, registro e inspección, que pasan a la Consejería
de Educación y Ciencia.
De acuerdo con la estructura orgánica aprobada, el Comisionado para las
Drogodependencias dejará de ser un órgano especial para convertirse en la
nueva Dirección General para las Drogodependencias y las Adicciones.
Finalmente, cambia el nombre de la Dirección General de Bienestar Social,
que pasa a denominarse Dirección General para la Inclusión Social. Esta
modificación obedece al objetivo de reforzar la finalidad de inserción
social de colectivos como los migrantes de temporada, la comunidad gitana y
los perceptores del Salario Social, entre otros.
La nueva Consejería para la Igualdad y Bienestar Social estará integrada por
los siguientes órganos y centros directivos:
Web de la DIRECCÍON GENERAL DE INFANCIA Y FAMILIAS
(página actualizada):
http://www.juntadeandalucia.es/igualdadybienestarsocial/contenidos/cas.asp?cod_contexto=5&id_Contenido=6
Antigua página web (aún activa):
http://www.juntadeandalucia.es/asuntossociales/Contenidos/dginfancia/dginfancia.asp
E-mail: dgif.cibs@juntadeandalucia.es
Directora General de Infancia y Familias
Mª Carmen Belinchón Sánchez
Nacida en Casablanca (Marruecos) en 1963, es licenciada en Derecho por la Universidad de Sevilla y doctora en Derecho Procesal y Penal. Hasta la fecha, ocupaba el cargo de directora general de Reforma Juvenil de la Consejería de Asuntos Sociales. Su carrera profesional ha estado estrechamente ligada al ámbito de la judicatura, en el que ha ejercido como juez sustituta de los juzgados de Ronda (Málaga) y Sevilla. En 1996 comienza a trabajar en el Juzgado de Menores de Sevilla, labor que desarrolla hasta el año 2001.
Isabel Machado Cabezas
E-mail: svaaf.cibs@juntadeandalucia.es
Inmaculada García Chacón
E-mail: svpaf.cibs@juntadeandalucia.es
Francisco Jiménez González
E-mail: svcmp.cibs@juntadeandalucia.es
Ana Reyes López Hernández
E-mail: svpi.cibs@juntadeandalucia.es
María Lucía Villaba Mejías
E-mail: gtif.cibs@juntadeandalucia.es
El primer paso, pues, para iniciar dicho proceso de adopción o acogimiento es dirigirse a la correspondiente Delegación Provincial de Asuntos Sociales para informarse y realizar la solicitud.
(Si la información de alguna provincia no es correcta, ve a la
página de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social ,y agradeceríamos nos lo comunicara para actualizar los datos)
Una vez realizada la solicitud de adopción (nacional o internacional)
y presentada toda la documentación exigida, se comienzan los procesos de información-formación (reuniones informativas y cursillo de formación de asistencia obligatoria) y de valoración (estudio psicosocial).
Si se considera que los solicitantes están en condiciones de realizar la adopción, se expedirá
un certificado de idoneidad, al que acompañarán los informes social y
psicológico.
Continúe, si quiere conocer éste proceso con más detalle...
En este cursillo (en el que no se os analizará ni valorará) os hablarán de los distintos aspectos que intervienen en la adopción, intentarán que reflexionéis y maduréis la decisión con conocimiento de causa.
Si queréis saber en qué consisten estos cursillos haced click aquí; y para ver las opiniones de los propios adoptantes, aquí.
Ya estamos recibiendo los primeros comentarios y experiencias de los propios adoptantes sobre los cursillos (si queréis aportar los vuestros, hacédnoslos llegar al correo de AFAAN: correo@afaan.org).
Una vez finalizado el cursillo, el solicitante debe decidir si quiere ser evaluado para el informe psicosocial por la administración o por el Tipai.
Esta evaluación la realizan:
Este último tiene un convenio con la administración para realizar el informe psicosocial en un plazo máximo de tres meses.
En estos dos enlaces podéis ver el CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y EL COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS DE ANDALUCIA OCCIDENTAL, EN MATERIA DE VALORACIÓN DE SOLICITANTES DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL y el CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LOS COLEGIOS OFICIALES DE DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA ANDALUZA, EN MATERIA DE VALORACIÓN DE SOLICITANTES DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, ambos de 1998.
Según entrevista del presidente de AFAAN con la Jefa del Servicio de Adopción y Acogimiento en mayo de 2003, el tiempo para realizar la valoración y devolver los informes junto con el acta conjunta tras visarlo los Colegios profesionales a la Delegación Provincial de Asuntos Sociales es desde entonces de dos meses desde el ingreso de las previsiones de fondos.Si los solicitantes optan por el Tipai, deben abonar una cantidad aproximada de 1000 euros. La administración realiza el informe gratuitamente pero no tiene plazo para realizarlo y, por tanto, es muchísimo más lento.
Nota del webmaster.-
A primeros del 2002 en Granada el retraso acumulado por la administración era de 4 años, es decir, estaban evaluando solicitudes del año 98. En algunas provincias era menor y en otras mayor aún. Aunque la administración insiste en que les es imposible dar una fecha probable para realizar el estudio psicosocial desde que se solicita, en teoría podemos solicitarlo con ellos, es nuestro derecho. Sólo que nunca sabemos cuántos años deberemos esperar para que nos llamen.
Esta sólo es una información orientativa que no quiere influir en nadie, cada uno debe informarse y decidir por sí mismo. Sólo la indico porque la administración es reacia a informar y sin información no somos libres para elegir, ¿no creen?
Es importante señalar que a la opción del Tipai SÓLO pueden acogerse los solicitantes de adopción internacional. Los de nacional han de ser evaluados necesariamente por la administración (Llar).
En el caso de haber elegido el Tipai para la realización del informe psicosocial para la valoración de la idoneidad, ¿qué hacer si queréis cambiar de psicólogo o trabajador social asignado?, ¿es necesario hacer los seguimientos del menor (una vez adoptado) también con el Tipai?, ¿cuáles son los costes y plazos de informes de idoneidad y actualizaciones que realizan el TIPAI? (esta última información obtenida de la Dirección General de Infancia y Familia en reunión mantenida con el presidente de AFAAN el 17/09/03).
En este enlace pueden consultar los criterios en los cuales se basa la administración para evaluar la idoneidad o no idoneidad de los solicitantes y algunos enlaces sobre experiencias personales del estudio psicosocial.
Mayo de 2006: Propuesta de AFAAN de modificación del límite actual de edad en Andalucía para adoptar un menor: diferencia_de_edad.pdf (presentado a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía para su estudio y consideración, y la posterior modificación del Decreto que lo regula).
Realizado el informe psicosocial, es enviado directamente por los Colegios a la Delegación, la cual emite Resolución de Idoneidad en el caso de ser favorable.
El tiempo transcurrido desde que los Colegios remiten el informe hasta que se emite el CI es variable. Depende de retrasos ocasionados en distintos registros, del correo, de las vacaciones, fiestas y puentes varios del personal, ...
Para evitar demoras en la consecución del CI debemos hacer un seguimiento constante llamando a los Colegios Oficiales, a los registros de las Delegaciones Provinciales, a los Servicios de Infancia y Familia, etc.; e intentar conocer la situación de nuestro expediente, pues es un derecho que tenemos todos ante la administración.Desde que se hace la solicidud a la Delegacion de Asuntos Sociales,hasta la emision de Resolución (de Idoneidad, favorable o desfavorable) no deben trancurrir mas de 6 meses.Antes de emitir dicha Resolución, los solicitantes tenemos el derecho y la obligación de conocer y revisar el informe psicosocial y expresar nuestra conformidad o no, así como corregir los posibles errores que pueda contener.
Dependiendo de la provincia y el momento, este inicio de proceso, aunque similar, puede ser diferente. Por eso es necesario llamar a Asuntos sociales e informarse bien de los requisitos, plazos, lugares y horarios de las charlas informativas, plazos de espera para los cursillo, para la realización del estudio psicosocial, etc.
En estos momentos, con la Resolución de Idoneidad en mano, se puede considerar que vuestro proyecto de adopción se ha puesto realmente en marcha.
A partir de aquí existen notables divergencias según la solicitud de adopción sea nacional o internacional.
A modo de introducción, esta es la información de que disponíamos en el 2003:Las listas de espera de adopción nacional en Andalucía permanecen cerradas desde 1998 debido a que no hay niños pequeños (menores de siete años) y sanos -los que más demandan los futuros padres adoptivos- en disposición de ser ahijados. Sólo sigue abierta la lista de espera para adopciones de niños con necesidades especiales (mayores de 6 años, adolescentes, grupos de hermanos, menores con diferentes disminuciones: minusvalías físicas, psíquicas o sensoriales; con diversas enfermedades de pronósticos y tratamientos diversos, y niños de alguna etnia o raza diferente...),
Hoy por hoy, estas adopciones representan entre el 70 y 80 por ciento de las adopciones que se efectúan en Andalucía (sin contar las internacionales).Las administraciones públicas, incluida la andaluza, dan priorida a las adopciones de este tipo y el tiempo de espera puede llegar a ser muy corto dependiendo del tipo de necesidad y de la cantidad de menores en espera de familia. El número de niños propuestos para adopción en el ámbito nacional es muy inferior al de los propuestos para acogida .
Se ha producido un cambio en la tipología de los niños que se adoptan, señala Isabel Machado, jefa del Servicio de Adopción y Acogimiento Familiar de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta. «Ahora la mayor parte de los menores que se adoptan o se acogen son de necesidades especiales cuando hace unos años se referían a niños muy pequeños que en su mayoría habían sido abandonados». ¿Por qué es tan difícil ahora adoptar este tipo de niños? Porque, por un lado, los abandonos son excepcionales y, por otro, porque la Administración autónoma impulsa políticas preventivas para evitar, si se puede, el apartamiento familiar de los niños, y potencia, en los casos irrecuperables, el acogimiento del menor por parte de la familia extensa (mayoritariamente, abuelos), aclara Isabel Machado.
A fin de evitar que por problemas puramente económicos un niño salga de su familia, la Junta tiene un programa de ayudas que actualmente llega a 12.000 niños. Dispone además de treinta equipos de psicólogos para estos casos. Si la separación ha de producirse, se potencia la figura de la guarda temporal por la familia extensa o, en su defecto, en un centro o familia ajena de acogida. Es una medida de ida y vuelta que debe terminar en el regreso del niño de su familia biológica una vez subsanados los problemas. En el 2002-2003, la Junta tenía bajo su tutela alrededor de 6.500 menores de los que unos 2.000 estaban en centros de acogida y el resto en acogimiento (guardas temporales, permanentes o preadoptivas).
En la actualidad, podréis encontrar información más actualizada y completa sobre la Adopción Nacional y el acogimiento en Andalucía en la web de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucia (entrar en INFANCIA Y FAMILIAS).
Las diversas administraciones han modificado y ampliado notablemente la información que proporcionan sobre adopción a través de Internet, en concreto, comprobaréis que la página de la INFANCIA Y FAMILIAS (en la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucia) es ahora http://www.juntadeandalucia.es/asuntossociales/contenidos/cas.asp?cod_contexto=5&id_Contenido=6).Y podéis encontrar los siguientes contenidos:
Infancia
- LEGISLACION EN MATERIA DE ATENCION A MENORES
- RECURSOS DE ATENCION A LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA
- NIVELES DE INTERVENCIÓN PARA LA ATENCIÓN DE LOS MENORES
- ATENCION AL MENOR EN SU MEDIO
- LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Y NIÑAS
- ATENCION AL MENOR CON MEDIDAS ALTERNATIVAS QUE IMPLICAN SEPARACION DE LA FAMILIA BIOLOGICA
- LA POBLACION INFANTIL EN ANDALUCIA
- CENTROS DE ATENCIÓN SOCIOEDUCATIVA (Guarderías)
- PROGRAMAS DE INTEGRACION FAMILIAR
- ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Si el o los futuro/s adoptante/s se han decidido por la adopción nacional y han solicitado un menor con 'necesidades especiales', una vez obtenido el informe psicosocial favorable a través de la administración ( y después de una gran espera y paciencia), la Delegación Provincial remite el informe a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, la cual debe emitir el Certificado de Idoneidad.
Y a esperar la ansiada llamada oficial comunicándoles que hay un menor para el que esta familia es idónea .
Una vez recibida dicha Resolución de Idoneidad finalizado el estudio psicosocial, los solicitantes deben realizar la elección de país y, en su caso, de Ecai, y entregarla junto a un compromiso de seguimiento del menor (una vez adoptado) en el registro de Asuntos Sociales.
Algunos países exigen que la adopción sea tramitada por una entidad acreditada para ello;
son las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAIS), que realizan
funciones de mediación en adopción internacional.
En aquellos casos en los que el país no exija que la adopción sea tramitada
por ECAI, los solicitantes pueden optar por hacer uso de sus servicios (de las de su comunidad
autónoma o si no hubiese ninguna acreditada para ese país, de las de cualquier otra comunidad);
o bien pueden tramitar directamente a través de la administración -lo que
suele llamarse habitualmente "por libre"-.
Hemos constatado que si bien la tramitación a través de ECAI aporta tranquilidad a los futuros adoptantes y puede ser más cómodo para resolver inconvenientes, también encarece considerablemente el proceso. Dependiendo del país concreto puede ser más o menos necesario o conveniente para los adoptantes tramitar o no por ECAI según sus necesidades y criterios. La decisión es, pues, muy personal.
En el siguiente documento word están las ecais acreditadas en Andalucía, actualizado en Diciembre de 2004.
Aquí sólo pretendemos dar una visión general del proceso en Andalucía. Para más información sobre la Adopción Internacional en general, aconsejamos dirigirse siempre en primer lugar a los sitios oficiales, en concreto para nosotros los andaluces, a la web de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucia (entrar en INFANCIA Y FAMILIAS).
Las diversas administraciones han modificado y ampliado notablemente la información que proporcionan sobre adopción a través de Internet, en concreto, comprobaréis que la página de la INFANCIA Y FAMILIAS (en la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucia) es ahora http://www.juntadeandalucia.es/asuntossociales/contenidos/cas.asp?cod_contexto=5&id_Contenido=6).Y podéis encontrar los siguientes contenidos:
Infancia
- LEGISLACION EN MATERIA DE ATENCION A MENORES
- RECURSOS DE ATENCION A LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA
- NIVELES DE INTERVENCIÓN PARA LA ATENCIÓN DE LOS MENORES
- ATENCION AL MENOR EN SU MEDIO
- LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Y NIÑAS
- ATENCION AL MENOR CON MEDIDAS ALTERNATIVAS QUE IMPLICAN SEPARACION DE LA FAMILIA BIOLOGICA
- LA POBLACION INFANTIL EN ANDALUCIA
- CENTROS DE ATENCIÓN SOCIOEDUCATIVA (Guarderías)
- PROGRAMAS DE INTEGRACION FAMILIAR
- ADOPCIÓN INTERNACIONAL *
- GUIA GENERAL SOBRE EL PROCESO DE ADOPCION INTERNACIONAL
- DECLARACIÓN DE IDONEIDAD DE LAS FAMILIAS
- ENTIDADES COLABORADORAS DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL (ECAIS)
- PROCEDIMIENTO DE LEGALIZACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
- PROCEDIMIENTO DE APOSTILLA DE LA DOCUMENTACIÓN
- CUADRO DE CARACTERÍSTICAS RELEVANTES DE LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL EN LOS DISTINTOS PAÍSES
- REQUISITOS NECESARIOS PARA ADOPTAR UN NIÑ@ DE UN PAIS EXTRANJERO
* ADOPCION INTERNACIONAL: Para más comodidad, además de enlazaros directamente la página concreta que nos interesa y mostraros los puntos que contiene, también hemos recogido en el siguiente documento word toda esta información sobre el proceso de adopción internacional proporcionada por la Junta de Andalucía, por su gran interés.
Si quieres más, requisitos, estadísticas, enlaces, experiencias y paginas personales de familias adoptantes, etc, lo encontrarás en esta misma web de AFAAN, da un buen paseo por ella.
En concreto, puedes consultar nuestra sección de adopción por países.
Completa la información en la nueva web de CORA (Coordinadora de Asociaciones para la adopción). En el servicio de información sobre adopción internacional encontraréis toda la información actualizada sobre adopción internacional (con las últimas novedades y noticias) y las diferentes fichas por países elaboradas por los miembros voluntarios de las diferentes asociaciones que componen CORA.
Una vez los adoptantes elijan país y ecai o administración para tramitar el expediente, y firmado el compromiso de seguimiento, la Delegación Provincial remite el informe (Resolución de Idoneidad) a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, la cual debe emitir el Certificado de Idoneidad.
En estos momentos, los futuros padres adoptantes ya pueden realizar el expediente de adopción, es decir, recopilar la documentación exigida por el país elegido para enviarla al mismo solicitando la adopción.
Este expediente y la documentación necesaria tiene puntos en común pero también diferencias
según el país, por lo cual aconsejamos preguntar en la correspondiente Delegación de Asuntos
Sociales, en las Ecais acreditadas para dicho país y, como ya indicamos anteriormente, consultar la sección adopción por países de esta web.
AFAAN informa:
Deducción de la cuota íntegra
autonómica para el ejercicio 2.004 del Impuesto sobre la Renta de las
personas Físicas en Andalucía:
Por adopción de hijos en el ámbito internacional: 600 € por cada hijo
adoptado y siempre que la base imponible general no supere los 36.000
euros si se tributa de forma individual o de 44.000 euros para el caso
de tributación conjunta.
Esta deducción se recoje en Ley 18/2003 de 29 de diciembre, por la que
se aprueban medidas fiscales y administrativas publicada en el BOJA nº
251, de 31 de diciembre de 2003.
El texto es el siguiente:
TÍTULO I TRIBUTOS CEDIDOS
CAPÍTULO I Normas de ordenación
SECCIÓN 1ª Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 1. Deducción por adopción de hijos en el ámbito internacional.
1. En los supuestos de adopción internacional, los sujetos pasivos
tendrán derecho a aplicar en la cuota íntegra autonómica del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas una deducción de 600 euros por
cada hijo adoptado en el período impositivo en el que se haya inscrito
la adopción en el Registro Civil.
Tendrán derecho a aplicar esta deducción aquellos sujetos pasivos cuya
base imponible general no sea superior a 36.000 euros en caso de
tributación individual o a 44.000 euros en caso de tributación conjunta.
Se entenderá que la adopción tiene carácter internacional cuando así
resulte de las normas y convenios aplicables a esta materia.
2. Cuando sean dos los sujetos pasivos que tengan derecho a la
aplicación de la deducción prevista en el apartado anterior, su importe
se distribuirá por partes iguales.
3. Esta deducción será compatible con las deducciones para los
beneficiarios de ayudas familiares reguladas en el artículo 2 de la Ley
10/2002, de 21 de diciembre, por la que se aprueban normas en materia
de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y
financieras.
Sevilla a 23 de enero de 2004
La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía tiene en marcha un servicio especializado en adopción, financiado en su totalidad por la Dirección General de Infancia y Familias y por tanto, gratuito para aquellas familias adoptivas o personas adoptadas en nuestra comunidad que deseen utilizarlo.
Para ponerse en contacto con este Servicio se podrá hacer desde las Delegaciones Provinciales de la Consejería o desde las sedes centrales del propio Servicio que son:
Andalucía Occidental
SERVICIO POST-ADOPCIÓN ANDALUZ
Andalucía Oriental
¡Nuevo! Programas de apoyo a las
Familias adoptivas, Documento del Servicio postadopción de Eulen editado en mayo de 2007.
Alameda Principal, 20-4º Derecha
29.005-Málaga
Tfno.: 952 217 822
email: posadopcion.ma@telefonica.net
Marqués del Duero, s/n (Esquina Arjona)
41001-Sevilla
Tfno.: 954 222 917
email: postadopción.sevilla@eulen.com
Antecedentes:
Junio de 2006: Propuesta presentada a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía por AFAAN, para una reorientación y ampliación de los Servicios Post-Adoptivos: post_adopcion.pdf.
En el año 2002, en Andalucía la Consejería de Asuntos Sociales (ahora Consejería para la Igualdad y Bienestar Social) creó el primer servicio especializado en adopción en colaboración con la Asociación Pinar, financiado en su totalidad por la Dirección General de Infancia y Familia, es decir, un servicio gratuito para todas las familias adoptivas o personas adoptadas en nuestra comunidad.
Pinar es una asociación sin ánimo de lucro que tiene entre sus objetivos promover el éxito del acogimiento pre-adoptivo y de la adopción. Pinar cuenta con profesionales expertos en adopción y en la terapia con niños y adolescentes adoptados.
La asociación Pinar finalizó en 2003 el convenio que tenia con la Junta de Andalucía y en la actualidad (2006), dicho Servicio Postadopción lo presta Eulen (entidad Colaboradora).
Informe de Adopción Internacional de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía (febrero 2007), con un análisis de la situación al finalizar el año 2006. En esta página podéis consultar las respuestas de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía a los escritos de AFAAN solicitando información y datos estadísticos oficiales sobre los plazos que se están dando en nuestra comunidad autónoma desde la entrada en vigor del Decreto sobre Adopción para la obtener la Resolución de Idoneidad para la adopción en Andalucía.
También aquí podéis ver más estadísticas generales sobre adopción internacional.